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En lo que va del año, Salud inspeccionó casi 7.500 comercios para evitar venta de alcohol

LA PLATA, junio 25: El ministerio de salud provincial realizó un balance de la aplicación del Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (REBA), a cargo de la subsecretaría de Atención a las Adicciones.
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En los primeros 6 meses de 2012 el ministerio de Salud inspeccionó casi 7.500 comercios, de los cuales clausuró 751 por infringir los límites a la venta de alcohol. También incautó más del doble de botellas que en 2011. El ministerio de Salud de la Provincia informó que se duplicó la cantidad de inspecciones a locales durante el primer semestre de este año en el marco del cumplimiento de las normativas de nocturnidad que rigen en la provincia de Buenos Aires.

En concreto, el personal del Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas (REBA) de la subsecretaría de Atención a las Adicciones inspeccionó 7.481 comercios desde enero hasta la fecha, mientras que en todo 2011 se realizaron un total de 3.707 controles.

“Estamos muy satisfechos con los resultados de los controles de la ley de nocturnidad hasta el momento, porque por una firme decisión del gobernador Scioli en estos seis meses se realizaron más inspecciones que en todo el año pasado”, señaló el ministro de Salud provincial, Alejandro Collia.

Las inspecciones se realizan en el marco del cumplimiento de la normativa 14.050, conocida como “Ley de Nocturnidad”, que comprende a todos los comercios donde se realizan actividades bailables, y los negocios que venden bebidas alcohólicas para ser consumidas en el lugar, tales como restaurantes, cantinas, cervecerías, cafeterías, bares, etc.

La ley provincial establece que los locales bailables deben abrir sus puertas para la admisión de las personas hasta las 2.00 y finalizar sus actividades a las 5.30 como horario máximo.

Además, todos los comercios comprendidos deben interrumpir la venta de bebidas en la barra una hora antes del cierre; suministrar o vender bebidas alcohólicas en vasos o copas que no superen los 350 mililitros de capacidad, a excepción de los restaurantes; y tienen absolutamente prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad.

Los locales bailables sólo pueden admitir a los menores de 14 a 17 años hasta las 23 horas como tope de horario máximo, y no pueden permanecer en forma simultánea con mayores de 18 años.

En ningún caso, los locales comerciales pueden vender bebidas “energizantes”, ni promocionar el consumo de bebidas alcohólicas conocida como “canilla libre”.

De los 7.481 comercios inspeccionados durante este año, 751 fueron infraccionados o clausurados por incumplir con...

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alguna o varias de estas normas, fundamentalmente la falta de licencia REBA.

La Ley de Nocturnidad estipula multas económicas que van de 5 mil a 30 mil pesos y clausuras preventivas para los comercios que incumplen la normativa. En caso de repetir las faltas, se pueden duplicar los montos de las multas, e incluso la clausura definitiva de los negocios.

Las sanciones más extremas contemplan una multa de 30.000 a 50.000 pesos y la clausura definitiva de los establecimientos comerciales bailables si se encuentran menores de 14 años.

En el caso de los boliches bailables, cada una de las barras en las que se expende alcohol debe contar con el permiso del REBA, organismo que se ocupa de habilitar la venta de alcohol en la Provincia. De lo contrario, a las que no tengan la autorización al día se les incauta la bebida.

De hecho, durante el primer semestre de este año se secuestraron un total de 80.583 botellas de bebidas alcohólicas, un 113,4 % más respecto a todo el año 2011, cuando se incautaron 37.756 envases.

Los comercios que cumplan con los requisitos legales, deben inscribirse gratuitamente en el Registro de Actividades Nocturnas (RAN) que les otorga un certificado de inscripción con validez anual, que puede ser renovado y exhibido en el comercio.

La inscripción en el RAN es obligatoria e imprescindible para obtener la licencia REBA y poder comercializar bebidas alcohólicas en la provincia de Buenos Aires. La falta de inscripción es considerada una infracción y prevé multas entre 10.000 y 100.000 pesos para los responsables legales de los locales y clausuras del establecimiento de 20 a 180 días.

Los comercios interesados pueden comunicarse de lunes a viernes de 9 a 18 al teléfono 0800-222-7322 del Registro y Control de la Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

En tanto, el ministerio de Salud realizó 9.480 controles de alcoholemia a conductores durante la temporada de verano como complemento de los controles a los comercios.

Del total de las determinaciones, 584 resultaron punitivas, es decir un valor igual o superior a 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre en el caso de los automovilistas, y más de 0,2 en motociclistas, superando el límite permitido.

Mientras que 724 controles fueron positivos, es decir que el nivel de alcohol en sangre no superó los 0,49 gramos, y 8.172 determinaciones resultaron negativas.

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