H
ace unos años, un proyecto presentado en el Congreso nacional intento que los suplementos dietarios y los anabólicos y similares se comercialicen exclusivamente en farmacias. Es que su uso incorrecto puede generar problemas en la salud, y hoy se venden de forma irregular por Internet. En ese ámbito, es difícil saber si son legales o si son de calidad. Ejemplo de esto, esta semana la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de la resolución 6506/2023 publicado en el Boletín Oficial prohibió la elaboración, fraccionamiento y venta de una serie de suplementos dietarios por distintas irregularidades administrativas. La medida se produce después de una investigación llevada a cabo por el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). La investigación fue desencadenada por una notificación que alertó sobre la comercialización de una serie de productos bajo las marcas "King Hardcore," "Innovative," y "KN Nutrition," entre otros. Estos productos fueron identificados como "MK-677 Dietary Supplement," "Anavar Dietary Supplement," "Ligandrol Dietary Supplement," "M-Drol Dietary Supplement," "Super drol Dietary Supplement," "Cardarine Dietary Supplement," "S-23 Dietary Supplement," "Trenavar Dietary Supplement," "Fematrope Dietary Supplement," "Hell Fire EPH 150 Ephedra extract," y "Ibutamoren MK 677 Dietary Supplement."
La Dirección de Fiscalización y Control de la ANMAT informó que no existen notificación previa de que estos productos ni de su ingreso al país. La falta de registros sanitarios de establecimiento y producto viola las regulaciones establecidas en la Ley 18284, el Código Alimentario Argentino y el Decreto 2126/71. En su comunicado oficial, la ANMAT destacó que estos productos ilegales no pueden garantizar su trazabilidad, calidad ni seguridad alimentaria. La decisión de prohibir su comercialización en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento se basa en la necesidad de salvaguardar la salud de la población. La medida también se aplica a la comercialización en línea de los productos, ya que se identificaron anuncios y promociones en plataformas de venta por internet. El Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria se ha involucrado para evaluar las acciones a tomar en relación con la publicidad en línea de estos productos.
Además, esta semana las autoridades de ANMAT y de la Facultad de Odontología de la Universidad de Buenos Aires firmaron un convenio de cooperación académica, científica y tecnológica con el objetivo de incrementar sus capacidades docentes, de investigación, tecnológicas y culturales, establecer canales de comunicación para lograr la integración e incrementar sus capacidades de servicio a la comunidad de la que forman parte. Participaron de la firma el administrador nacional de ANMAT, Manuel Limeres y el decano de la facultad, Pablo Alejandro Rodríguez. Entre las actividades que se prevé alcanzar se destacan la ejecución de proyectos de investigación y desarrollo, la contribución a la difusión de las actividades de ambas instituciones, la capacitación de recursos humanos, la organización de cursos, seminarios u otras actividades de capacitación, las pasantías educativas y las publicaciones conjuntas. De esta manera, ANMAT y la UBA avanzan en el desarrollo de acciones que permitan incrementar la capacidad docente, de investigación, tecnológica y científica, generando un impacto tanto en las áreas profesionales como en la comunidad.